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Los estudiantes extranjeros que desean cursar estudios en España necesitan una autorización de estancia por estudios. El nuevo Reglamento de Extranjería de 2024…
Los estudiantes extranjeros que desean cursar estudios en España necesitan una autorización de estancia por estudios. El nuevo Reglamento de Extranjería de 2024 ha introducido importantes cambios que amplían las posibilidades para los estudiantes, incluyendo mejoras en la compatibilidad con actividades laborales.
Autorización de estancia por estudios
Permite residir en España para realizar cursos completos, trabajos de investigación o formación. La duración coincide con la del curso o programa. Se requiere estar matriculado en un centro autorizado, disponer de medios económicos suficientes y contar con seguro médico. La solicitud se tramita ante el consulado en el país de origen.
Compatibilidad con trabajo
Los estudiantes pueden realizar actividades laborales por cuenta ajena a tiempo parcial (máximo 30 horas semanales), siempre que sean compatibles con los estudios. El nuevo reglamento ha facilitado esta compatibilidad, eliminando algunos requisitos previos. No es necesario solicitar una autorización de trabajo independiente.
Modificación a residencia y trabajo
Una vez finalizados los estudios, es posible solicitar la modificación de la situación de estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo. Es uno de los trámites más demandados y el nuevo reglamento ha flexibilizado los requisitos, facilitando la retención de talento formado en España.
Nuevas regulaciones 2024
El Reglamento de 2024 introduce mejoras significativas para los estudiantes extranjeros: mayor facilidad para la compatibilidad laboral, ampliación de los supuestos de modificación de situación, y un nuevo permiso de búsqueda de empleo tras la finalización de los estudios. Te asesoramos sobre cómo aprovechar estas nuevas oportunidades.
Documentación habitual
- Matriculación en centro de enseñanza autorizado
- Medios económicos suficientes
- Seguro médico
- Pasaporte en vigor
- Certificado de antecedentes penales (mayores de edad)
- Certificado médico
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